Canasta familiar normada, otros productos y otras informaciones
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Se mantiene la venta de productos alimenticios normados y dietas médicas mediante la libreta de abastecimientos como medida de garantía de la adquisición de los productos que por esta vía se reciben, así como la vinculación actual de los consumidores a los establecimientos minoristas o bodegas.
—Continúa vigente la norma establecida para cada producto emitida en la Política de distribución del año en curso.
—Cambian los precios minoristas de un grupo de productos del sistema de venta normado, regulado y liberado para eliminar subsidios.
—Se mantiene en una primera etapa la venta a precios subsidiados de:
- a) La compota destinada a los niños de 0 a 2 años.
- b) Los productos lácteos, carne y picadillo de res para los niños de 0 a 6 años.
- c) Carne de res, leche en polvo entera y semidescremada para dietas médicas.
—Permanece en una primera etapa, a precios subsidiados, la nomenclatura total de productos destinados a los consumidores con dietas médicas por enfermedades crónicas de la infancia y las dietas por embarazo, retrovirosis crónica, fórmula basal e intolerantes a la leche (los precios de venta son los establecidos en la Resolución 346 de 25 de noviembre de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios).
—Sigue la entrega gratuita de módulos para niños con déficit nutricional, bajo peso y talla.
—Se mantienen los plazos actuales del derecho de compra de los productos alimenticios.
—Deben garantizarse en las unidades que realizan ventas liberadas, los inventarios y calidades que respaldan la canasta familiar normada hasta el último día del mes o de la fecha de vencimiento, según el ciclo de venta.
—Mantener los precios minoristas actuales, sistemas de venta, y controles establecidos, en correspondencia con la Política de la Dinámica Demográfica, para los artículos correspondientes a los programas de canastilla y calzado profiláctico
—Continuar en el programa para pacientes postrados e incontinentes con el sistema de venta y controles establecidos.
—Mantener el sistema de venta vigente para el uniforme escolar.
—Los productos comercializados el mes anterior al «Día Cero», cuyo ciclo de distribución termina posterior a este, mantienen los precios con que se inició su comercialización.
—La venta adelantada de productos de la canasta familiar normada correspondientes a enero de 2021 se realiza a los precios establecidos para el ambiente de unificación monetaria y cambiaria.
Fuente: Resolución No. 136/2020 del Mincin.
Precios y tarifas con la Gaceta en la mano
Para que usted conozca los precios y tarifas de productos y servicios que están rectorados por el Mincin y pueda exigir y defender sus derechos, indicamos aquí las resoluciones de 2020 de ese organismo que los rigen a partir de ahora. (Las tarifas y precios para otras ofertas de servicios y piezas no relacionados en la normativa se forman por correlación y se aprueban por los jefes de las entidades según lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas y Precios):
—Tarifas para los servicios técnicos y precios de las piezas de repuesto del Programa de Ahorro Energético; y precios de piezas de refrigeración y clima: Resolución No. 137/2020.
—Tarifas y precios minoristas para los servicios personales seleccionados de barbería y peluquería, atelier, de lavado, secado y planchado de ropa, reparaciones y adaptaciones de calzado ortopédico: Resolución No. 138/2020.
—Precio minorista de los materiales de construcción y otros materiales para la reparación y conservación de viviendas, que no soportan el efecto de la devaluación, y precios minoristas que se mantienen para las ventas liberadas en las tiendas de materiales de construcción o en los mercados de artículos industriales y de servicios: Resolución No. 139/2020.
—Nuevos precios minoristas de los insumos agrícolas por el efecto de la devaluación: Resolución No. 140/2020.
Le sugerimos revisar además las resoluciones de 2020, también del Mincin y en la Gaceta Oficial No.74 Extraordinaria de 10 de diciembre de 2020, que contienen:
—Las Regulaciones para el funcionamiento de las unidades del Sistema de Atención a la Familia (SAF). (Res. No. 142).
—Las Regulaciones para el funcionamiento de la merienda escolar en la enseñanza secundaria básica. (Res. No. 143).
—Las Indicaciones (modificadas) para el Funcionamiento de la Red de Gastronomía Popular (Res. No. 144).
De la canasta familiar normada, dietas médicas y programas priorizados
La comercialización de productos de la canasta familiar normada, dietas médicas y otros programas priorizados atendidos por el Mincin se realiza según la Política de distribución de productos alimenticios y no alimenticios, que anualmente establece los productos y per cápita, de acuerdo con los grupos etarios y zonas geográficas del país.
Canasta Familiar Normada
—Incluye los productos alimenticios y combustibles domésticos que se entregan a la población de manera racionada, mediante la libreta de abastecimientos.
—Los combustibles domésticos se circunscriben a alcohol, keroseno y gas licuado de petróleo.
—La nomenclatura de productos alimenticios para todos los grupos etarios y zonas geográficas del país contiene: arroz, granos, aceite, azúcar refino y crudo, sal, pastas alimenticias, fideos, pollo, jamonada, picadillo texturizado de soya, huevos y café para los consumidores mayores de siete años.
—Los productos alimenticios específicos para niños abarcan:
- a) De 0 a 2 años: Leche o yogur natural para los intolerantes, y compotas. Carne de res o pollo (en La Habana de 0 a 13 años de edad).
- b) De 2 a 6 años: Leche o yogur natural para los intolerantes.
- c) De 7 a 13 años: Yogur de soya, mezcla para batido o lactosoy.
—Los productos alimenticios específicos para mayores de 65 años de La Habana y Santiago de Cuba incluyen: lactosoy o mezcla para batido.
—La nomenclatura y composición de los productos alimenticios dirigidos a las dietas médicas varían según tipo de dieta.
—También se distribuyen módulos para niños con déficit nutricional, bajo peso y talla.
Programa del Uniforme Escolar
—Abarca la comercialización minorista de las prendas de los estudiantes externos de los niveles educacionales primario, secundario, preuniversitario y politécnico.
—Se presenta para la compra del uniforme el bono emitido por la Dirección Provincial de Educación, en el cual se especifica los nombres y apellidos del estudiante, el grado escolar y las prendas a adquirir.
Programa de Canastilla
—Está dirigido a las embarazadas, a partir de las 26 semanas de gravidez con un período de vigencia de un año e incluye un módulo textil, uno de perfumería, uno de juguete y biberón, un mosquitero, un colchón y una cuna con prioridad para las embarazadas de las zonas de difícil acceso, Plan Turquino y casos sociales.
—La compra con la libreta de canastilla se realiza según la vinculación y registro de las embarazadas en una de las tiendas habilitadas para este fin, en el lugar de residencia.
—Podrán ofertarse más productos vinculados al programa tales como: bañera, set de percheros, orinal, silla multiusos, almohaditas, entre otros, a precios minoristas sin subsidios.
Programa de calzado profiláctico
—Está dirigido a las personas con requerimientos de este tipo de calzado, que se avala en la red comercial minorista mediante la presentación de la receta médica confeccionada por el médico facultado; los consumidores tienen derecho a adquirir dos pares de calzado una vez al año.
Pacientes postrados e incontinentes
—Son certificados por el Departamento de Trabajo Social del policlínico o área de Salud, reciben en un establecimiento comercial minorista al que se vinculan, en dos distribuciones al año, el módulo para los postrados, compuesto por 2,5 metros de tela antiséptica, de uno a 1,5 metros de hule sanitario, una toalla, seis jabones de tocador y seis jabones de lavar; a los pacientes incontinentes mensualmente se les vende un jabón de lavar y otro de tocador.
Fuente: Resolución No. 136/2020 del Mincin.
¿Cómo cambiará la estructura de gastos en el sistema empresarial?
Entre las nuevas oportunidades se encuentra una relacionada con la estructura de gastos totales del sistema empresarial cubano. “En un ambiente de uno por uno las mercancías importadas cuestan el 9 por ciento, porque los nueve mil millones son más o menos de casualidad el 9 por ciento de los gastos de una empresa. Mientras, las materias primas nacionales son el 34 por ciento”.
“En un ambiente de uno por uno, al tener el peso sobrevalorado con el dólar, las materias primas nacionales son más caras en la estructura de gasto que las materias primas importadas. Por tanto, a todo el sistema empresarial de Cuba en este ambiente le conviene más trabajar con materias primas importadas que con nacionales”.

En ambiente de devaluación, continuó, las materias primas importadas de una participación en los costos del 89 por ciento van al 28 por ciento, y las nacionales del 34 al 18 por ciento.
“Cuando los costos nacionales sean más baratos que los costos importados, debe contribuir financieramente a la verdadera sustitución de importaciones”.
Precisamente, dijo, uno de los objetivos más grandes de la tarea ordenamiento es lograr una corrección de precios relativos en la economía.
“El exportador recibirá 24 pesos, y si los precios nacionales crecen 12, el tipo de cambio implícito en las importaciones es 24 y el tipo de cambio implícito en la producción nacional es 12. Siempre es más barato usar materias primas nacionales que productos importados. El margen de utilidad incrementa considerablemente”.
El problema está, subrayó, en cómo lograr que los precios nacionales no crezcan más del 12 por ciento. “Les pido a todos pensar que este es un primer año. En la medida que la economía vaya funcionando, seguiremos flexibilizando los métodos de formación de precios. Este 12 es el primer paso de contención de la inflación, porque también queremos que las empresas estén en mejores condiciones”.

En términos de precios mayoristas, abundó, se centraliza una nomenclatura de 42 productos y servicios de carácter transversal y alto impacto. “Estarán en el entorno de crecimiento de los 12 que hemos hablado y eso lo estamos haciendo para que los productos transables en la economía no nos disparen los costos en el resto de las empresas y estas tengan que subir los precios”.
Por otro lado, los precios de exportación se expresan a la tasa de cambio de 24 x 1. “Los precios de los exportadores podrán subir a un tipo de cambio implícito y por la exportación recibirán 24 pesos”.
“Hay organizaciones empresariales que logran exportar todas sus producciones. Un ejemplo de ello es AZCUBA. Los azucareros pudieran exportar toda el azúcar que Cuba produce, pero el problema es que nosotros si hacemos una zafra de un millón 200 mil o 300 mil toneladas, el consumo de azúcar doméstico en Cuba anda en el entorno de 550 mil toneladas. El Mincin reparte por la libreta azúcar refinado y crudo, y la industria alimentaria consume unas 90 mil toneladas.
“Si AZCUBA exportara toda su producción recibiría 24. AZCUBA puede decir que exporta toda su azúcar, pero entonces nos queda cojo el consumo de azúcar. Si todo el mundo por la exportación recibe 24, cuánto va a pagar la economía interna a AZCUBA por el azúcar doméstico que ella nos vende”.
En esos casos se acuerdan precios, según el volumen de exportación dentro de sus ventas:
- Entre 40 y 49.9 % aplicarán hasta el 60% del precio de exportación máximo;
- para el 50% o más, hasta el 80 %.
Así también se correlacionarán los precios de la economía interna con el mercado internacional.
Murillo Jorge afirmó, asimismo, que existen precios mayoristas que se descentralizan con límites de crecimiento sobre el período base (30 de junio de 2019). “Estamos buscando competitividad en el sistema empresarial porque no podemos permitir, a golpe de precio, transmitir la ineficiencia entre nosotros mismos”.
“Si tú coges los gastos recalculados en ambiente de ordenamiento, incluyendo el salario, y los divides entre las ventas del año donde los gastos fueron de uno por uno, te da las veces que tienen que crecer los precios en una empresa,l en un ambiente de ordenamiento para que no tenga pérdida”, argumentó el dirigente.
Murillo Jorge recalcó que el sistema empresarial tiene que ser más eficiente, a lo cual agregó que “las reglas del juego actuales no siempre le permitieron a los empresarios ser tan eficientes”.
El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos expuso que, como regla, los exportadores y los que sustituyen importaciones tienen resultados favorables, sin embargo, un total de “426 empresas quedan en una situación compleja, casi que de pérdida”.
Destacó que estas empresas recibirán apoyo del Estado, lo que se traduce en unos 18 mil millones de pesos en el Presupuesto, una reserva para proteger el sistema empresarial: “Tampoco la solución de la tarea de ordenamiento es un quiebre masivo de empresas que nos genere desempleo. Eso sería una terapia de choque, y no es lo que estamos haciendo”.
En los dos últimos años se han aprobado 43 medidas que eliminan trabas a la gestión empresarial. Además, la tarea de ordenamiento incluye nueve medidas que favorecen esta gestión.
Dentro de estas últimas, Murillo Jorge puntualizó en los cuatro primeros aspectos, relacionados con las facultades para formar los precios; los precios centralizados de productos y servicios transversales como mecanismo antiinflacionario; el incremento en la escala salarial, y la flexibilidad en la distribución de utilidades.
En ese sentido, señaló que “era imprescindible hacer la reforma salarial y subir la escala”. “Se incrementó la escala salarial, se mantienen los salarios a destajo como un pago móvil del salario, pero el ingreso móvil más importante de las empresas es la distribución de las utilidades”, subrayó.
El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos dijo que los empresarios se preguntan si esto se ajusta, a lo que respondió afirmativamente, “porque se sube el salario escala, se flexibiliza la distribución de las utilidades y el reglamento para distribuir utilidades lo aprueba el consejo de dirección de la empresa”.
Murillo Jorge insistió en que el salario escala no se penaliza, lo cual es una protección importante para los trabajadores.
Apuntes sobre la asignación de divisas
Al referirse al mecanismo de asignación de divisas, el directivo afirmó que hay que tener claro el régimen cambiario y el control de cambio. En cuanto al primero señaló que este consiste en el valor de la divisa contra la moneda nacional (24 por uno), y el control de cambio “es siempre política que el país define de cómo las personas pueden tener acceso a las divisas”.
El dirigente aseveró que se mantienen las cuentas CL en Cuba y subrayó:
“Las operaciones de todo el mundo en Cuba, y la facturación, va a ser en pesos, aunque haya una parte de la economía dolarizada. Y nosotros a esto le estamos llamando relación entre las empresas en pesos a una dolarización parcial. Lo único que estamos diciendo es que tú tienes una cuenta en pesos y una cuenta en liquidez, esta última tiene un respaldo en divisa. Dame parte de la divisa que yo te produzco y te entrego y tú exportas, entonces mi componente va a ser más barato que si lo importas.
“Van a quedar vivas las cuentas CL, las cuales se van a convertir en Cuba en el mecanismo de control de cambio y los empresarios en el país se podrán transferir CL”.
Por otro lado, Murillo Jorge expresó que el empresario cubano le vende en pesos a una tienda minorista que oferta en divisa. En ese sentido, aclaró que el establecimiento que opera en dólares los cambia en el banco para poder pagarle al empresario en pesos. “Si la tienda importa paga en dólares, pero si compra a un productor nacional paga en pesos”, destacó.
Los empresarios no solo pueden recibir CL de las ventas en divisas. “Si el empresario vende en la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM) que opera en dólares pasa lo mismo que si vende a la tienda en divisa, o sea, se le paga el precio que el empresario le da dividido entre el tipo de cambio, solo que, en vez de recibir el 100%, recibe el 80%. Lo mismo pasa si el empresario exporta”.
Murillo Jorge subrayó que “el país, con el flujo central de divisa, respaldará lo que hay que financiar centralmente, casi siempre son los combustibles, la importación de alimentos, los gastos a los sectores sociales”.
Los productores agropecuarios tendrán una modificación de la carga tributaria
En otro momento de la Mesa Redonda, el jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos enfatizó que hoy las cooperativas agropecuarias pueden vender en la ZEDM y exportar, como mismo lo hace el sistema empresarial.
Murillo Jorge afirmó que se incrementan los precios de Acopio, si bien no lo hacen al mismo ritmo que suben los costos.
Al referirse a la caña de azúcar, enfatizó que “hoy se le paga a los productores 270 pesos por tonelada y mañana la industria le pagará 449 pesos. La pregunta es: ¿de dónde sale ese dinero para respaldar el incremento de precios?”.
En ese sentido, señaló que AZCUBA recibirá por cada peso de exportación, 24, ahí tendrá una masa importante de ingreso en moneda nacional que hoy no tiene. “AZCUBA tiene dinero, y eso es lo que le permite pagar entonces un crecimiento de la caña a los productores”.
Los productores agropecuarios tendrán una modificación de la carga tributaria, que consiste en reconocer que el mínimo exento anual pasará a 39 120, así como el 100% de los gastos deducibles.
“El nuevo precio, si bien no crece al mismo ritmo de los costos, sí garantiza la masa de utilidad actual por tonelada, eso es un principio de la formación de precios agropecuarios”.
En cuanto a los precios descentralizados de Acopio, Murillo Jorge informó que también aumentarán con el principio de contención de crecimiento: “Todo crece, pero tiene límites. La inflación está diseñada en el modelo, pero no nos puede ocurrir que esta sea más grande que el diseño que se ha hecho”.
Cuantía de aranceles a pasajeros
Con la puesta en vigor el próximo 1ro de enero de 2021 de la Resolución 352, del Ministerio de Finanzas y Precios, de 25 de noviembre de 2020, se actualizan las regulaciones para el pago del arancel de aduanas que realizan las personas naturales en su condición de pasajeros.
El arancel de aduanas se paga en todos los casos en pesos cubanos, aplicando al valor de importación, las tarifas arancelarias establecidas y la tasa de cambio vigente. El cobro de los aranceles a los pasajeros se mantiene en similares cuantías a las establecidas con anterioridad.
Se ratifica la exención del pago del arancel de aduanas a los pasajeros que importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta 50.99 USD en cada viaje.
Con el objetivo de mantener el pago de aranceles en similares cuantías a las aplicadas con anterioridad para los pasajeros residentes permanentes en Cuba cuando realizan su primera importación en el año calendario, se establecen tarifas progresivas del 4% y el 8% en correspondencia con el valor de la importación.
A partir de la segunda importación que realicen en el año calendario, se mantienen las tarifas progresivas del 100% (51.00 USD hasta 500.99 USD 100 %) y el 200% (de 501.00 USD hasta 1 000.00 USD 200%) en correspondencia con el valor de la importación.
Los pasajeros cubanos y extranjeros no residentes permanentes en Cuba, se mantienen pagando el arancel, con la aplicación de las tarifas progresivas del 100% y el 200% en correspondencia con el valor de la importación.
Ministerio de Finanzas y Precios
La Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, que entró en vigor en el año 2013 estableció mediante su Artículo 28, que las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional, por los ingresos que perciban de contratos individuales de trabajo en el exterior, pagarán sobre el total de los mismos un cuatro por ciento (4 %), sin considerar deducción alguna, salvo los pagos de las comisiones que haya realizado a entidades cubanas a través de las cuales se contrató.
No se considera contratación individual en el exterior, a los efectos de este impuesto, la realizada al amparo de un convenio de colaboración, contrato de exportación de servicio u otro de similar naturaleza.
La modificación que el Decreto Ley 21 incorpora en la Ley Tributaria, está relacionado con la expresión en pesos cubanos del valor mínimo a liquidar por este tributo, que anteriormente se regulaba en veinte pesos convertibles (20.00 CUC) mensuales, y ahora se define en 500 pesos cubanos (500.00 CUP).
De conformidad con el principio de implementación paulatina del Sistema Tributario, que la propia Ley refrenda, hasta la fecha no se ha aplicado este tributo; sobre el que se trabaja en la creación de condiciones técnicas, organizativas y de gestión para su aplicación gradual, respecto a lo que llegado el momento se ofrecerán las explicaciones oportunas a la población.
En el año 2021 se aplicará este impuesto a los atletas residentes permanente en Cuba, contratados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley del Presupuesto del presente año.
Se ratifica que como parte del Ordenamiento Monetario no se prevé la implementación de este tributo con carácter general.
Nuevas tarifas de electricidad, precisiones necesarias
Con una detallada explicación sobre cómo se calcularon las nuevas tarifas para el pago de la electricidad comenzó la transmisión especial de la televisión cubana para esclarecer dudas sobre la implementación de la Tarea Ordenamiento que entra en vigor a partir del próximo primero de enero.
Por la importancia que reviste el tema se continúa informando al pueblo sobre este trascendental paso dentro de la Estrategia económica y social del país.
En esta ocasión comparecieron el Miembro del Buró Político y Jefe de la Comisión de Implementación de los Lineamientos Marino Murillo Jorge, el Viceprimer Ministro y Ministro de Economía Alejandro Gil Fernández y el Ministro de Energía y Minas, Livan Arronte, quienes ofrecen información actualizada a la población.
Para ampliar el tema de cómo será el proceso de implementación de la Tarea Ordenamiento que inicia el 1ro. de enero le proponemos leer:
- El impulso que nos faltaba
- Electricidad en Cuba: entre el costo y la tarifa
- Los ingresos, los precios y el empleo como resultado de la implementación de la Tarea Ordenamiento
- ¿Cómo será el proceso de implementación de la Tarea Ordenamiento?
- Tarea Ordenamiento: nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social
- Normas jurídicas que sustentan la Tarea Ordenamiento
- Informa Presidente cubano inicio de la Tarea Ordenamiento a partir del 1ro. de enero (+ Video)
JR también le recomienda otros trabajos sobre el tema:
Ademas El sistema bancario en la tarea ordenamiento
La Ministra Presidenta del Banco Central de Cuba y su Vicepresidente Primero comparecen en la Mesa Redonda para explicar detalles de todos los temas relativos al sistema bancario dentro de la Tarea Ordenamiento
La Ministra Presidenta del Banco Central de Cuba y su Vicepresidente Primero comparecen hoy lunes en la Mesa Redonda para explicar detalles de todos los temas relativos al sistema bancario dentro de la Tarea Ordenamiento.
Por la importancia que reviste el tema se continúa informando al pueblo sobre este trascendental paso dentro de la Estrategia económica y social del país.
Para conocer cómo será el proceso de implementación de la Tarea Ordenamiento que inicia el 1ro. de enero le proponemos leer:
- Tarea ordenamiento: las nuevas tarifas de electricidad, precisiones necesarias
- El impulso que nos faltaba
- Electricidad en Cuba: entre el costo y la tarifa
- Los ingresos, los precios y el empleo como resultado de la implementación de la Tarea Ordenamiento
- ¿Cómo será el proceso de implementación de la Tarea Ordenamiento?
- Tarea Ordenamiento: nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social
- Normas jurídicas que sustentan la Tarea Ordenamiento
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